STS 2010/1997, 23 de Diciembre de 1997

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Resumen


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Frases clave


La aplicación de la llamada doctrina del "levantamiento del velo", de la que ha de hacerse un uso restrictivo, solamente está justificada en aquellos supuestos en que aparezca evidente que se ha utilizado, con fines fraudulentos, una confusión de personalidades y de patrimonios entre una persona física y una persona jurídica, lo que no ocurre en el presente supuesto litigioso, en el que, en el primero de los referidos documentos el demandado actúa en su propio nombre y derecho, mientras que en el segundo de ellos interviene única y exclusivamente en representación de las entidades mercantiles, respecto de las cuales ni siquiera se ha intentado probar la participación social que, en las mismas, pueda tener el referido demandado.

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Extracto


STS 2010/1997, 23 de Diciembre de 1997

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