STS, 14 de Marzo de 2001

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Resumen


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Frases clave


Ciertamente que la diferencia entre la acción declarativa y reivindicatoria del dominio reside en que la primera puede ejercitarse contra quien niegue al actor su dominio, sin necesidad de estar en posesión de la cosa, pero ello en modo alguno autoriza a convertirla en una especie de acción popular, estando obligados a soportar las molestias del pleito quien caprichosamente designe el propietario y allanarse a la demanda.

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Extracto


STS, 14 de Marzo de 2001

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