STS, 16 de Octubre de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ la sentencia de instancia, para llegar a las conclusiones que recoge, ha considerado la prueba en su conjunto y, cuando ello ocurre, no cabe desarticularla y basarse en elementos aislados para obtener consecuencias partidistas contrarias a las del órgano decisor (por todas, STS de 18 de mayo de 1992), y, en verdad, aquél pretende sustituir aquí la apreciación probatoria realizada por el Juzgador de apelación por la suya propia, pero, según reiterada doctrina jurisprudencial, de ociosa cita, tal pretensión es inadecuada dada la naturaleza extraordinaria de la casación, pues volver sobre el "factum" de una sentencia para lograr su modificación, salvo circunstancias singulares no concurrentes en este caso, transformaría este recurso en una tercera instancia. ”
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Extracto
STS, 16 de Octubre de 2001
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