STS 599/2002, June 13, 2002
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“ Es inexacto, además, que la resolución a quo haya expresado que no se pudo conocer el daño y ello proclama la escasa fuerza suasoria del motivo cuando atribuye a la sentencia recurrida declaraciones no realizadas. Pero, con independencia de cuanto antecede, la inocuidad de lo realizado por el demandado, ante la falta de aceptación expresa o tácita de Cohepa S.A. no permite hablar de daño, ni genera una obligación de daños y perjuicios. ”
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Core Citations
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This document cites
- Código Civil - Articles 1089, 1101, 1106, 1258, 1529, 1714, 1715, 1718, 1719, 1727
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) - Articles 1, 3, 4, 5, 127, 133, 134, 135, 141
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- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Articles 4, 1692