STS, March 21, 1998
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“ que, al menos, la conducta del autor que obra -como en el caso de autos- bajo la presión de sus propias convicciones, que en modo alguno resultan incompatibles con el sistema de valores constitucionales, puede, de hecho, resultar menos reprochable y por lo tanto menos culpable. A partir de estas consideraciones, un importante sector doctrinal afirma con razón la relevancia de la presión de las convicciones en el marco de la individualización de la pena dado que, de todos modos, el autor no ha lesionado ningún bien jurídico de inmediatas repercusiones sobre las personas ni se ha constatado una repercusión material en el funcionamiento de la institución afectada. ”
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