STS, 3 de Febrero de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ En cuanto al alcance de la retroactividad de la Ley Penal más favorable, se extiende a los hechos delictivos ocurridos durante la vigencia de la Ley Penal anterior más severa, pero juzgados, ya en primera instancia, ya por el cauce de recursos durante la vigencia de la Ley posterior más favorable. Y se extiende la retroactividad también respecto a hechos juzgados ya mediante sentencia firme, y en fase de ejecución de la sentencia. Ahora bien, según lo informado por el Fiscal, la retroactividad tiene un límite, que consiste en que en virtud del mismo no pueden dejarse sin efectos las penas ya cumplidas, y deshacerse lo ya ejecutado. ”
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Extracto
STS, 3 de Febrero de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 2, 527, 604
- Ley por la que se establecen Reglas para el Ejercicio de la Gracia de Indulto (Ley 18 de junio de 1870)
- Código Civil - Artículo 3
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849