STS, 5 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas exige como presupuestos necesarios para dar lugar a ella y resumidamente: a) que el particular sufra una lesión en sus bienes o derechos, que no tenga obligación de soportar, b) que aquella sea real, efectiva, individualizada y susceptible de evaluación económica y c) que el daño sea imputable a la Administración y se produzca como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos ”
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Extracto
STS, 5 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 142, 145
- Constitución Española de 1978 - Artículo 106
- Ley de Expropiación Forzosa (Ley de 16 de diciembre de 1954) - Artículo 121
- LEY de 27 de diciembre de 1956 reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
- Ley de Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas en Régimen de Concesión (Ley 8/1972, de 10 de Mayo) - Artículo 19