STS 306/2000, 21 de Marzo de 2000

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Frases clave


el resultado dañoso se produjo por culpa exclusiva de la víctima, el cual prescindiendo de las más elementales normas de prudencia, se dispuso a desayunar sentado en el suelo y oculto tras unos matorrales naturales que impedían su visibilidad y lo hizo precisamente en un lugar próximo a una fuente frecuentada por aves que se dirigen a las mismas a beber y al que acuden cazadores con el propósito de alcanzar alguna presa. En el resultado dañoso no intervino por tanto culpa del demandado Sr. Carlos Albertoel cual actuó en todo momento como exigían las circunstancias de lugar y tiempo, máxime cuando al no haber organizada ninguna partida de caza no era necesario esperar ninguna señl para disparar

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Extracto


STS 306/2000, 21 de Marzo de 2000

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