STS, May 11, 2001
Linked as:
Summary
No longer available (Autolink)
Key phrases
“ Como queda suficientemente estudiado no medió contrato bilateral y perfeccionado de aval y sí sólo relación prenegocial instaurada por La Caixa, a modo de oferta no vinculante, pues se supeditó su concesión a la condición suspensiva, a cumplir por la recurrente de "aportar las suficientes garantías que, a criterio exclusivo de la Caja, cubrían las responsabilidades objeto del aval", conforme se expresa en la carta de 16 de febrero de 1993. ”
See the full content of this document
Extract
STS, May 11, 2001
No longer available (Autolink)
See the full content of this document
This document cites
- Constitución Española de 1978 - Articles 24, 120
- Código Civil - Articles 1089, 1101, 1113, 1114, 1115, 1254, 1255, 1256, 1258
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio)
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Articles 1687, 1692, 1715