STS 13/1997, 16 de Enero de 1997

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Resumen


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Frases clave


Tampoco concurre identidad en la causa de pedir, pues en el primer pleito se ejercitó acción derivada del contrato de Seguro concertado, la que no prosperó en las instancias, toda vez que las circunstancias concurrentes de deterioro de las mercancías no conformaba riesgo cubierto por la póliza suscrita. En el pleito de esta casación la acción promovida tiende al resarcimiento económico por incumplimiento del contrato de transporte, al haberlo llevado a cabo con negligencia e impericia acreditada, tanto en la custodia como en el acarreo de los géneros. De esta manera resulta puesto de manifiesto que son distintos los fundamentos de las pretensiones ejercitadas en los procesos a examinar.

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Extracto


STS 13/1997, 16 de Enero de 1997

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