STS 219/1996, 21 de Marzo de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ La responsabilidad bien invidualizada, bien compartida solidariamente del promotor, conforma doctrina jurisprudencial civil consolidada. El promotor tiene una eficaz intervención en todo el hacer edificativo, desde la contratación de los terrenos y adq ”
“ El rechazo de litisconsorcio pasivo lo es sin perjuicio de la relación interna de los deudores solidarios para reclamarse el prepago de la parte de la deuda que pudiera corresponderles, desde el momento en que los codeudores no demandados pueden ejercit ”
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Extracto
STS 219/1996, 21 de Marzo de 1996
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1490, 1591, 1594, 1964
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715