STS, 29 de Marzo de 2001
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ no resulta admisible traer a colación la "exceptio non adimpleti contractus" que veda pedir la resolución o el cumplimiento contractual al contratante incumplidor, pero no que el juzgador fije los efectos económicos consecuentes a la resolución, evitando el enriquecimiento injusto; y sin que quepa olvidar que nos hallamos ante un contrato de "tractu sucesivo" o continuado, y que los servicios se habían devengado con anterioridad a la resolución, por lo que deben ser hechos efectivos so pena de deslegitimar la propia acción resolutoria entablada. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 29 de Marzo de 2001
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento