Ley 28/1999, de 16 de julio, por la que se concede un crédito extraordinario, por importe de 9.393.184.038 pesetas, para el pago de indemnizaciones derivadas del derrumbamiento de la presa de Tous, con arreglo a la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de abril de 1997, y se adoptan determinadas medidas adicionales a las establecidas por los Reales Decretos-leyes 4/1993 y 10/1995.
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Ley 28/1999, de 16 de julio, por la que se concede un crédito extraordinario, por importe de 9.393.184.038 pesetas, para el pago de indemnizaciones derivadas del derrumbamiento de la presa de Tous, con arreglo a la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de abril de 1997, y se adoptan determinadas medidas adicionales a las establecidas por los Reales Decretos-leyes 4/1993 y 10/1995.
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Documentos citados
- Ley General Presupuestaria (Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre) - Artículo 101
- LEY 65/1997, de 30 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1998.
- REAL DECRETO-LEY 4/1993, de 26 de Marzo, </strong>por el que<strong> se autoriza el Resarcimiento de los Daños causados como consecuencia de la Rotura de la Presa de Tous y Se concede un credito extraordinario por importe de 19.000 millones de Pesetas.
- REAL DECRETO-LEY 10/1995, de 28 de Diciembre, de Compensacion de Daños por la Rotura de la Presa de Tous.