STS 686/1997, 21 de Julio de 1997

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Frases clave


No existe, por tanto, ninguna modificación unilateral en la causa de pedir por la parte actora, sino que en el devenir del proceso civil, la causa adquiere precisiones resultantes de la escritura de compraventa, que no pudieron ser alegadas por la actora en el momento de interposición de la demanda, por desconocer el contenido de dicha escritura; pero que el juez de instancia, recoge de forma precisa y coherente en la sentencia, sin que nunca haya existido modificación en la causa de pedir, ni tampoco indefensión de los ahora recurrentes. La correlación de lo pedido con lo otorgado en la sentencia que está dentro del contenido del "petitum", justifica la decadencia del motivo.

Extracto


STS 686/1997, 21 de Julio de 1997

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