ORDEN de 22 de febrero de 2001 por la que se determinan los supuestos excepcionales de incineración previstos en la disposición final tercera del Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el programa integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
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ORDEN de 22 de febrero de 2001 por la que se determinan los supuestos excepcionales de incineración previstos en la disposición final tercera del Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre, por el que se establece y regula el programa integral coordinado de vigilancia y control de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales.
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Documentos citados
- REAL DECRETO 1911/2000, de 24 de noviembre, </strong>por el que<strong> se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles. - Artículos 5, 9
- Ley de Residuos (Ley 10/1998, de 21 de abril)
- REAL DECRETO 197/2000, de 11 de febrero, </strong>por el que<strong> se modifica el Real Decreto 1980/1998, de 18 de septiembre, </strong>por el que<strong> se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina.
- REAL DECRETO 2224/1993, de 17 de Diciembre, sobre Normas sanitarias de eliminacion y Transformacion de animales muertos y desperdicios de Origen animal y Proteccion frente a agentes patogenos en piensos de Origen animal.
- REAL DECRETO 1980/1998, de 18 de septiembre, </strong>por el que<strong> se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina. - Artículo 13