STS, 24 de Mayo de 2002

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Resumen


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Frases clave


Se aprecia claramente que no existe identidad en los hechos, fundamentos y pretensiones, tenidos en cuenta en la sentencia nº 44/1996 impugnada, respecto de los habidos en la sentencia nº 154/1995 de contraste, que por ello no puede reputase como contradictoria, razón por la cual el presente recurso de casación para la unificación de doctrina debe desestimarse.

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Extracto


STS, 24 de Mayo de 2002

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