STS 1067/2000, 21 de Noviembre de 2000
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Frases clave
“ "Es doctrina reiterada y constante que el art. 1253 C.c., autoriza al Juez, más no le obliga, a utilizar la prueba de presunciones, por lo que cuando el juzgador de instancia no hace uso del mismo para fundamentar su fallo y si de lo que resulta de las pruebas directas obrantes en los autos, no resulta infringido dicho precepto (SS. 3-12-88, 7-7-89, 21-12-90 y 17-7-91)...". ”
Extracto
STS 1067/2000, 21 de Noviembre de 2000
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 43
- Ley General de Sanidad (Ley 14/1986, de 25 de abril) - Artículos 3, 4, 103
- Código Civil - Artículos 1, 1124, 1253, 1265, 1266, 1269, 1274, 1275, 1281, 1300, 1301, 1302, 1322, 1346, 1375, 1377, 1382, 1384, 1707
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 1692