STSJ Navarra , 7 de Abril de 2001
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Frases clave
“ éste se vulnera si en la resolución del tema controvertido se hubiere negado o desconocido virtualidad creadora o conformadora de derechos y obligaciones a la voluntad expresada por los otorgantes en los mencionados contratos o hubiere antepuesto a sus previsiones o disposiciones las de una fuente cualquiera del Derecho o anulado, restringido o condicionado sus efectos a tenor de un precepto insustituible de constreñirla. ”
Extracto
STSJ Navarra , 7 de Abril de 2001
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1265, 1266, 1281, 1809, 1816, 1900
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 710
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715
- Ley de Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra (Ley 1/1973, de 1 de marzo)