STS, 26 de Marzo de 1997

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Frases clave


el trabajador no puede renunciar a los derechos que le sean reconocidos en las normas laborales, y, será nulo todo acto que los ignore o limite", desprendiéndose del conjunto de disposiciones que constituyen el contenido de tal Ley, la existencia de varias, entre las que se encuentra la que figura en el apartado a) del párrafo primero del artículo 15, de vigencia inmediata, la que analizada denota su sentido y propósito de ser aplicable a las relaciones laborales en curso de ejecución

Extracto


STS, 26 de Marzo de 1997

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