STS 138/1997, 27 de Febrero de 1997

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Frases clave


Efectivamente, uno de los requisitos esenciales para la validez de un contrato, lo constituye el consentimiento de los contratantes, el cual debe producirse como afirma el artículo 1.262-1 de dicho Código Civil, en relación con los otros dos elementos esenciales del contrato, como son el objeto y la causa.

Extracto


STS 138/1997, 27 de Febrero de 1997

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