STS 1212/1997, December 31, 1997

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Para el éxito de su pretensión, dicha parte recurrente efectúa una nueva valoración probatoria, que contradice absolutamente lo explicitado en el "factum" de la sentencia recurrida, en el que después de un análisis correcto de los datos derivados de la prueba testifical y de lo adecuado del precio de la transmisión, se determina que existe una causa verdadera en una transmisión de un bien inmueble y que tiene como contraprestación el pago de un precio normal. La determinación de la existencia o falsedad de una causa contractual es una cuestión de hecho que compete al Tribunal "a quo", previo examen de las pruebas practicadas, y que su labor, en este sentido, ha de ser respetada mientras no se acredite que su apreciación es equivocada.

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