STS 1051/1998, 13 de Noviembre de 1998
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Frases clave
“ Dicha cláusula válida al amparo del principio de autonomía de la voluntad, (art. 1255 del C.c.) impone al acreedor dirigirse en primer lugar contra los bienes objeto de garantía y sólo contra los demandados por la diferencia ”
Extracto
STS 1051/1998, 13 de Noviembre de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120
- Código Civil - Artículos 1091, 1255, 1281
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 153, 359, 372, 1692