STS, 10 de Julio de 2000
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Frases clave
“ El carácter laboral de la relación existente entre las partes comporta la desestimación del recurso, pues la sentencia recurrida contiene la doctrina jurídicamente correcta al haber declarado la competencia del orden jurisdiccional social para conocer de la cuestión plantada (arts. 1 y 2 LPL); con imposición de costas a la parte recurrente (art. 233.1 LPL), pérdida de los depósitos constituidos y mantenimiento de los aseguramientos prestados hasta que se cumpla la sentencia o se resuelva, en su caso, la realización de los mismos (art. 226.3 LPL). ”
Extracto
STS, 10 de Julio de 2000
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