STS, 3 de Febrero de 1999

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Resumen


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Frases clave


cuando consta que en la ejecución del contrato las funciones desarrolladas no se han atenido a la obra o servicio determinado que se fijó como objeto de aquél, sino que han consistido en la realización de actividades normales y permanentes del organismo demandado, la relación laboral concertada ha de considerarse indefinida.

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Extracto


STS, 3 de Febrero de 1999

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