STS, 17 de Abril de 2001

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Frases clave


Los términos literales de la cláusula contenida en el art. 3.2.4 de las condiciones generales, antes transcrita pone de manifiesto que tal cláusula no contiene una limitación de los derechos del asegurado, sino que su función es la de objetivar el riesgo a que se extiende la cobertura de la póliza contratada, especificando aquellos riesgos cuya producción quedaba fuera del seguro. Declarado en la instancia, sin que ello haya sido combatido en este recurso que, el muro que se derrumbó parcialmente "corresponde al muro que sigue el perímetro del edificio, conteniendo las tierras exteriores, al existir en el edificio principal una estructura independiente de dicho muro, ya que está separada de todas las fachadas del mismo", no se ha infringido, por inaplicación, sino rectamente aplicado por la Sala "a quo", el art. 3 invocado ni la doctrina jurisprudencial al respecto.

Extracto


STS, 17 de Abril de 2001

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