STS 1243/2000, 29 de Diciembre de 2000
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Frases clave
“ la existencia de un interés, perjuicio o agravio para el litigante supone requisito indispensable para la legitimación activa en todo recurso y, en el caso del debate, es evidente que la sentencia de primera instancia ha determinado los hechos y las razones por los que queda comprometida la responsabilidad de "TRANSPORTES ANAITASUNA, S.L.", y, aunque decidió la desestimación de la demanda, al entender que no estaba acreditado el alcance de los daños, es evidente que, sin embargo del fallo, ha habido en el contenido de la sentencia el presupuesto del gravamen que autorizaba a la recurrente a adherirse a la apelación, lo que no fue ejercitado. ”
Extracto
STS 1243/2000, 29 de Diciembre de 2000
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980, de 8 de octubre) - Artículo 43
- Código Civil - Artículo 1902
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 4, 5
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 359, 928, 1692, 1715