STS, 21 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ en el actual supuesto, no se puede hablar de causa justificada o que sea imputable a la aseguradora, porque aquí la determinación exacta de la cuantía a abonar por vía de indemnización civil precisa o ha precisado efectuarse por el órgano jurisdiccional ante la discrepancia existente entre las partes al respecto. Por ello no se puede establecer el recargo en cuestión, sobre todo, y además, por la postura derivada de ofrecimiento de pago parcial y de una posible consignación por la parte recurrente. ”
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Extracto
STS, 21 de Junio de 2001
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