STS 292/2000, 20 de Marzo de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ Trata el motivo de sustituir el criterio del juzgador de instancia en la apreciación de prueba lo cual no está permitido en casación a no ser que se obtengan tales conclusiones violando norma reguladora de prueba concreta o que tales conclusiones sean ilógicas o absurdas, lo que aquí ni se produce ni se argumenta que se haya producido. ”
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Extracto
STS 292/2000, 20 de Marzo de 2000
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Documentos citados
- Ley General de Publicidad (Ley 34/1988, de 11 de noviembre) - Artículos 3, 25, 26, 27
- Reglamento de Organización y Régimen del Notariado en materia de Ingreso en el Cuerpo de Notarios (Decreto de 2 de junio de 1944) - Artículo 165
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715
- Ley 25/1970, de 2 de diciembre, de Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes. - Artículos 79, 80, 81, 82, 83