STS 1132/2000, 13 de Diciembre de 2000
Enlazado como:
Frases clave
“ En el presente caso, el Tribunal de apelación ha decidido, con acierto, que no le incumbía proceder de oficio a la averiguación de las normas de derecho extranjero con arreglo a las cuales debería resolverse la controversia suscitada, pues ello equivaldría a suplir la total inactividad de la parte actora al respecto. ”
“ Pero no ha dado el segundo paso que tal determinación obligadamente imponía, y que consistía en acudir a la aplicación de las normas pertinentes del ordenamiento jurídico español, al objeto de no dejar imprejuzgada la pretensión deducida en la demanda. ”
Extracto
STS 1132/2000, 13 de Diciembre de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículos : 311
- Código Civil - Artículos : 1255
Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 311
- Código Civil - Artículos 10, 12, 314, 315, 316, 1255
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 600, 690, 1692, 1715