STS, 29 de Octubre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ Estas innovaciones introducen un nivel más alto de garantías para la utilización adecuada de la modalidad contractual debatida y precisamente esa mayor garantía podría permitir una consideración más flexible de la incidencia de las contrataciones anteriores, siempre que, sumado el tiempo de éstas al de las prácticas, el total no excediera del previsto para esa modalidad contractual, porque, en definitiva, lo que se trata de lograr no es la comprobación por el empresario de la idoneidad profesional del trabajador (función del período de prueba, que puede incluso pactarse en el contrato en prácticas), sino la adquisición por el contratado de una práctica profesional que mejore su nivel formativo y su posición en el mercado de trabajo. Pero esta solución no puede considerarse aquí en el marco de la comparación de sentencias que ha planteado el recurso, en la que la sentencia de contraste no sólo se ha dictado conociendo de una contratación que se rige por otras normas, sino que se opone al criterio adoptado en unificación de doctrina para esa situación normativa. ”
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Extracto
STS, 29 de Octubre de 1996
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Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 11, 55, 56
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 110
- Real Decreto por el que se desarrolla los Contratos en Prácticas y de Aprendizaje y los Contratos a Tiempo parcial (Real Decreto 2317/1993, de 29 de Diciembre)
- Real Decreto 2104/1984, de 21 de Noviembre, </strong>por el que<strong> se regulan diversos contratos de Trabajo de Duracion determinada y el Contrato de Trabajadores fijos discontinuos.
- Real Decreto 1992/1984, de 31 de Octubre, </strong>por el que<strong> se regulan los Contratos en practicas y Para la Formacion.