STS 747/1997, 9 de Octubre de 1997
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Frases clave
“ Es pues, ahora, cuando procede retomar la cuestión planteada "ab initio", y desde luego se puede proclamar de forma paladina que por parte del mandatario hubo exceso o abuso en su gestión, independiente de estimar si hubo un exceso en los limites del mandato o una especial extralimitación de las instrucciones recibidas del mandante; desde el instante mismo que procedió dicho mandatario a la suscripción de una operación de suscripción de un pagaré sin la confirmación escrita del mandante, como por otra parte se había hecho con anterioridad. Sin que puede eludirse tal requisito por el dato del posible conocimiento que se pudo tener posteriormente de la operación en cuestión por el extracto de la cuenta bancaria. ”
Extracto
STS 747/1997, 9 de Octubre de 1997
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1710, 1715
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 3, 4, 1692, 1715, 1962