STS 363/2002, 18 de Abril de 2002
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ la parte compradora no pagó el precio: incumplimiento, pues, de la obligación esencial de pago del precio, que da lugar a la resolución. Se ha probado y así se ha declarado en las sentencias de instancia, que no hubo aplazamiento de pago, sino que se falsearon sendos documentos privados. Es decir, quedó claro que se produjo una obstrucción objetiva al cumplimiento de la obligación, lo que es bastante para decretar la resolución, que da lugar a la vuelta al statu quo anterior al contrato: se extinguen las obligaciones con efecto retroactivo y se devolverá, como se ha dicho, el precio parcialmente pagado, al tiempo de fijarse la indemnización de daños y perjuicios. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS 363/2002, 18 de Abril de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Código Civil - Artículos 3, 1124, 1255
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 408, 632, 1692