STS 1249/1998, Thursday December 31, 1998
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“ habida cuenta del incumplimiento por la entidad "ESCADA ESPAÑA, S.A." del contrato de autos, que ha provocado la sanción judicial de instancia de la resolución del mismo, se le ha creado un perjuicio a la recurrente, pues dicho comportamiento le ha frustrado evidentes expectativas económicas, por lo que no es conforme a derecho que dicha actuación incumplidora quede impune o libre de compensación o reintegro económico, con lo que indebidamente se favorecería al transgresor. ”
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