STS, 26 de Noviembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


Resulta así patente la contradicción del fallo combatido al estimar, de un lado, cumplido por los vendedores el contrato de compraventa para desestimar la demanda dirigida contra ellos para exigirles el cumplimiento del contrato de compraventa, y, de otro, no dar lugar a la reconvención en que instan el pago de la parte del precio no abonada apreciando en los vendedores incumplimiento de sus obligaciones contractuales.

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Extracto


STS, 26 de Noviembre de 2001

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