STS 309/2000, 1 de Abril de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ aunque no existan pactos limitativos de competencia, procederá la indemnización si se produce la pérdida de comisiones o se dan otras circunstancias que, a juicio del Juzgador, justifican el reconocimiento del derecho a ser indemnizado del agente, que es lo que ocurre en este caso en que la Sala "a quo" declara probada la pérdida de comisiones por el actor. ”
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Extracto
STS 309/2000, 1 de Abril de 2000
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Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 279
- Ley sobre Contrato de Agencia (Ley 12/1992, de 27 de mayo) - Artículos 25, 26, 28
- Código Civil - Artículo 1114
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1710