STS, 2 de Febrero de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ El permiso de conducir no ha sido manipulado respecto de su conformación y contenido que tenía cuando fue expedido por las autoridades neerlandesas, pero no puede olvidarse que el mismo no reflejaba la realidad en cuanto que no se correspondía con la auténtica personalidad del acusado y que éste lo portaba y exhibía para disimilar su verdadera identidad. Su fingida identidad se consigue engañndo a las autoridades expendedoras del documento de identidad sobre su verdadera personalidad, por lo que a pesar de que no ha sido alterado ni se trata de un documento falso suponiendo la intervención de personas que no han tenido parte en su proceso de confección. Por lo que el propio documento es prueba de la falsedad. ”
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Extracto
STS, 2 de Febrero de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 8, 344, 393
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 23
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 2, 849, 850, 859
- Ley Organica 7/1982, de 13 de Julio, que modifica la Legislacion vigente en materia de Contrabando y Regula los delitos e Infracciones administrativas en la Materia. - Artículos 1, 2, 3