STS, 6 de Abril de 1998

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Frases clave


Los supuestos de introducción en Españ de sustancias estupefacientes procedentes de otros países ha sido objeto de consideración en un Pleno de la Sala celebrado el pasado 24 de noviembre en el que se acordó que la concurrencia de tráfico de drogas y contrabando sólo dará lugar a un concurso de normas y no a un concurso de delitos. Concurso de normas que debe resolverse de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.3 del vigente Código Penal.

Extracto


STS, 6 de Abril de 1998

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