STS 459/1999, 22 de Marzo de 1999
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Frases clave
“ "el hecho de que se hayan realizado, por personas desconocidas, sustracciones de bienes pertenecientes a terceros, no implica que el que sea receptador de los mismos realice, necesariamente, una pluralidad de acciones u omisiones" ; "antes bien, puede perfectamente hacerse con esos bienes de una sola vez y sin necesidad de realizar pluralidad de acciones.. Para que exista delito continuado, es menester que el sujeto activo del delito haya realizado "una pluralidad de acciones u omisiones que ofendan a uno o varios sujetos e infrinjan el mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza" (art. 74.1 C.P.), y que ello sea reflejado adecuadamente en el correspondiente relato fáctico de la sentencia. Cosa que, de modo patente, no ocurre en el presente caso. ”
Extracto
STS 459/1999, 22 de Marzo de 1999
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 18, 24
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 66, 74, 298
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos 5, 11
- Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 746, 849, 850, 855, 874, 884, 901