STS 110/2000, June 12, 2000

Linked as:


Key phrases


que en los hechos declarados probados solo consta una acción de JOSE MARIA M.Q. integrante del delito de amenazas del art. 169.2° del CP., por lo que no puede ser apreciado un delito continuado de amenazas que, según la definición del art. 74 del CP. de 1995 exigiría la concurrencia de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo precepto penal o preceptos de igual o semejante naturaleza, sin que quepa estimar que integran continuidad las manifestaciones amenazadoras vertidas el 22 de julio contra Amparo, con las expresiones injuriosas y calumniosas emitidas el mismo día y los días 14 de junio y 3 de julio contra la misma mujer, que se reflejan en el relato fáctico de la s entencia impugnada, puesto que entre uno y otro tipo de delitos no existe la semejanza de naturaleza, requerida por la continuidad,

Extract


STS 110/2000, June 12, 2000

No longer available (Autolink)

See the full content of this document