STS, 6 de Julio de 2001

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Frases clave


La Sala de instancia incurrió en un evidente error "iuris" al privar de un derecho tan importante (y sagrado) como es el de la patria potestad a un padre respecto a un hijo menor (cuatro años) que nada tenía que ver con la actividad delictiva por la que aquel fué juzgado. Falta así el nexo causal entre los hechos y la pena de inhabilitación impuesta. Todo ello lo decimos sin perjuicio de que si en el padre se observase una conducta desarreglada, inmoral o semejante que le impidiera ejercer adecuadamente sus obligaciones paterno-filiales, el Ministerio Fiscal, en uso de sus competencias, pudiera solicitar por vía civil la privación de la patria potestad respecto al hijo.

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Extracto


STS, 6 de Julio de 2001

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