STS, 2 de Junio de 2001

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Resumen


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Frases clave


Remitiéndonos a esta doctrina, es manifiesto que la base imponible se apoya en el coste de la ejecución material de la obra y no en el presupuesto de adjudicación, o precio de licitación, concepto que no tiene por que coincidir con aquél, que se refiere estrictamente al coste de la obra civil.

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Extracto


STS, 2 de Junio de 2001

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