STS, 2 de Junio de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ Remitiéndonos a esta doctrina, es manifiesto que la base imponible se apoya en el coste de la ejecución material de la obra y no en el presupuesto de adjudicación, o precio de licitación, concepto que no tiene por que coincidir con aquél, que se refiere estrictamente al coste de la obra civil. ”
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Extracto
STS, 2 de Junio de 2001
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Documentos citados
- Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las haciendas locales. - Artículo 103