STS 733/1997, September 03, 1997

Linked as:


Summary


No longer available (Autolink)

Key phrases


La parte recurrente, constituida por los promotores de la obra afectada por la ruina de la que se deriva la responsabilidad decenal que se contempla, afirma que la antedicha infracción legal y jurisprudencial base de su motivo, se desprende del dato de que la sentencia recurrida condena a los mencionados promotores por suponer que al no existir determinación de culpas para los mismos, si debiera haberlas para los Arquitectos Técnicos -el Arquitecto Superior es eximido de culpa-, ya que la causa de la ruina, sigue diciendo la parte impugnante, es la utilización de materiales de construcción no adecuados o convenientes.

See the full content of this document

Extract


STS 733/1997, September 03, 1997

No longer available (Autolink)

See the full content of this document