Consulta nº 3 de 2018, de Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, sobre Sobre la consideración o no como entidad de interés público (EIP) de una sociedad mercantil que traslada su domicilio social a España y que cotiza en un mercado regulado en un estado miembro de la Unión Europea, así como de las obligaciones de rotación de la sociedad de auditoría que venía auditando las cuentas anuales de dicha sociedad y de las entidades de su red.
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Consulta nº 3 de 2018, de Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, sobre Sobre la consideración o no como entidad de interés público (EIP) de una sociedad mercantil que traslada su domicilio social a España y que cotiza en un mercado regulado en un estado miembro de la Unión Europea, así como de las obligaciones de rotación de la sociedad de auditoría que venía auditando las cuentas anuales de dicha sociedad y de las entidades de su red.
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Documentos citados
- Ley de Auditoría de Cuentas (Ley 19/1988, de 12 de julio) - Artículos 2, 3
- Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio) - Artículos 8, 9
- Reglamento que desarrolla el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, Aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio (Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre)
- Ley de Auditoría de Cuentas. (Ley 22/2015, de 20 de julio) - Artículo 3
- Regulation (EU) No 537/2014 of the European Parliament and of the Council of 16 April 2014 on specific requirements regarding statutory audit of public-interest entities and repealing Commission Decision 2005/909/EC Text with EEA relevance