STS, 27 de Junio de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ En este caso es perfectamente legítimo y obligado ordenar que se efectúe el tratamiento al menor aunque los padres hayan expresado su oposición. El derecho a la vida y a la salud del menor no puede ceder ante la afirmación de la libertad de conciencia u objección de los padres. Si éstos dejan morir a su hijo menor porque sus convicciones religiosas prohiben el tratamiento hospitalario o la transfusión de sangre se genera una responsabilidad penalmente exigible. ”
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Extracto
STS, 27 de Junio de 1997
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Documentos citados
- Ley Orgánica de Libertad Religiosa (Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio)
- Constitución Española de 1978 - Artículos 10, 14, 39
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 9, 11, 21, 23, 27, 28, 66, 138
- Código Civil - Artículo 110
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 849