STS, 27 de Junio de 1997

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Resumen


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Frases clave


En este caso es perfectamente legítimo y obligado ordenar que se efectúe el tratamiento al menor aunque los padres hayan expresado su oposición. El derecho a la vida y a la salud del menor no puede ceder ante la afirmación de la libertad de conciencia u objección de los padres. Si éstos dejan morir a su hijo menor porque sus convicciones religiosas prohiben el tratamiento hospitalario o la transfusión de sangre se genera una responsabilidad penalmente exigible.

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Extracto


STS, 27 de Junio de 1997

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