STS, 16 de Julio de 2001

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Resumen


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Frases clave


La indefensión no se ha producido, pues los demandantes han tenido cumplido conocimiento de las circunstancias determinantes de la adopción por el Consejo de las resoluciones impugnadas, tanto en las primeramente dictadas, como en las desestimaciones de los recursos administrativos jerárquicos interpuestos contra las mismas, habiendo contado, por tanto, con los elementos de juicio necesarios para articular la defensa de sus intereses en el presente recurso y posibilitándose de este modo la plenitud del control jurisdiccional de la actuación impugnada.

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Extracto


STS, 16 de Julio de 2001

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