SAN 5/2008, January 22, 2008

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se infiere la justificación del punto de partida diverso para los colectivos objeto de comparación en función de los cambios desglosados del ámbito negocial, el reconocimiento del empleador de tales situaciones, con la correlativa emisión de certificados de garantías individuales en los que se constatan esas condiciones diferentes, y la efectividad de las mismas sobre la Tabla salarial definitivamente implantada en la empresa Makro, que es la correspondiente al Convenio Colectivo de Grandes Almacenes. Debe subrayarse en este sentido que en el convenio 1997-2000 se integra el régimen de estructura salarial contenido en el convenio de Grandes Almacenes, con las especialidades que relaciona respecto del salario funcional, entendiendo por tal el percibido por cada trabajador ingresado con anterioridad a la firma de aquél y su disposición Final establece que finalizada su vigencia será sustituido por el de Grandes Almacenes, recogiéndose las disposiciones contenidas como especialidades en el primero en un Pacto de empresa y manteniéndose el concepto de salario funcional en orden a su tratamiento como salario base en los incrementos que se pacten en el convenio de Grandes Almacenes.

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