STS, March 06, 2002
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“ La disposición transitoria 1ª del RD-L 15/1998 declara expresamente que "los contratos celebrados antes de la entrada en vigor del presente Real Decreto-Ley continuarán rigiéndose por la normativa legal o convencional conforme a la que se celebraron", con determinadas excepciones de aplicación inmediata, referentes a las reglas contenidas en determinadas letras de los apartados 4 y 5 del propio art. 12. ”
“ A la vista de esta norma transitoria la anulación o no de la cláusula tipo en cuestión depende de un juicio de adecuación o compatibilidad con normas legales o convencionales que es imposible realizar sin tener en cuenta las circunstancias temporales concretas de cada contrato de trabajo ”
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Core Citations
APPLIES
This document cites
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Article 12
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Article 205
- Código Civil - Articles 3, 1281, 1285
- Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes para la Mejora del Mercado de Trabajo en Relación con el Trabajo a Tiempo parcial y el Fomento de su Estabilidad (Real Decreto-Ley 15/1998, de 27 de noviembre)
- Ley de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo para el Incremento del Empleo y la Mejora de su Calidad (Ley 12/2001, de 9 de julio)