STS, 28 de Junio de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ la interpretación de los contratos es facultad privativa de los Tribunales, cuyo criterio ha de prevalecer a menos que sea ilógica o absurda ”
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Extracto
STS, 28 de Junio de 1994
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 37
- Código Civil - Artículos 3, 1281, 1282
- Real Decreto-Ley sobre Relaciones de Trabajo (Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo) - Artículo 8