STS, 16 de Febrero de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ la legislación laboral española será de aplicación al trabajo de los españoles contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero, es decir nunca a los extranjeros que celebren en sus países contratos con empresas españolas para prestar servicios en centros ubicados en dichos Países; en cuanto a los preceptos de la referida Ley citados como infringidos no son de aplicación; en los mismos, como se deduce de su simple lectura, lo que se regula son los aspectos jurídicos administrativos y mercantiles del Derecho Aeronáutico. ”
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Extracto
STS, 16 de Febrero de 1994
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 35, 37
- Código Civil - Artículo 10
- Ley sobre Navegación Aérea (Ley 48/1960, de 21 de julio)