SAN 77/2004, 13 de Octubre de 2004
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Frases clave
“ Estas circunstancias no alcanzan la trascendencia pertinente para ser incardinadas en el relato fáctico por cuanto que la controversia es de naturaleza eminentemente jurídica y el dato dirimente de la incardinación en uno u otro ámbito de aplicación del Convenio Colectivo es el de la actividad empresarial preponderante ”
Extracto
SAN 77/2004, 13 de Octubre de 2004
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