SAN 77/2004, 13 de Octubre de 2004

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Frases clave


Estas circunstancias no alcanzan la trascendencia pertinente para ser incardinadas en el relato fáctico por cuanto que la controversia es de naturaleza eminentemente jurídica y el dato dirimente de la incardinación en uno u otro ámbito de aplicación del Convenio Colectivo es el de la actividad empresarial preponderante

Extracto


SAN 77/2004, 13 de Octubre de 2004

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